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Liderazgo intelectual

Comprender la normativa mundial sobre información climática

Entender la normativa mundial

Comprender el actual panorama mundial de la divulgación de información sobre riesgos climáticos para las empresas

Por Chad Spitler, fundador y director general de Tercera Economía, mayo de 2023

El panorama normativo mundial en materia de divulgación de información climática por parte de las empresas ha experimentado grandes cambios en los últimos años. Aunque solo estamos a mitad de camino hacia 2023, hay cientos de propuestas y cambios normativos en estudio en todo el panorama empresarial, desde nuevas normas sobre la transparencia de la cadena de suministro hasta la divulgación de las emisiones de las empresas, pasando por cambios en la metodología de los fondos que comercializan inversiones sostenibles.

Los años 2022-2023 han sido testigos de la proliferación de muchas siglas nuevas, entre las que se incluyen propuestas de normativas emblemáticas en Estados Unidos (la "SEC S-K"), la Unión Europea (la "CSRD") y el Reino Unido ("The Companies"). Es un momento de transición para las empresas grandes y pequeñas que intentan plantearse cómo podría ser el cumplimiento a largo plazo.

Para las empresas emisoras, aunque pueda parecer que estas sentencias afectan a diferentes elementos del mercado, hay muchos puntos en común de los que se puede aprender y aprovechar a la hora de preparar su negocio para futuras normativas.

Siga leyendo nuestro análisis de siete normativas mundiales relacionadas con el clima que debe tener en cuenta para su empresa:

Detalles

Para informar nuestra investigación, nuestro equipo examinó 43 regulaciones globales propuestas en los últimos 6 años (2017-2023) que han sido promulgadas (y ahora son de cumplimiento obligatorio) o están siendo consideradas actualmente en torno a la divulgación de riesgos relacionados con el clima para las empresas.

Esta investigación representa normativas de 16 países/organismos rectores, con propuestas de Europa (23), Norteamérica (5), Asia/Pacífico (13) y Oriente Medio (1). Nuestra investigación también incluyó propuestas relacionadas específicamente con las instituciones financieras y los gestores de inversiones.

Para resumir muchos de los temas que se repiten sistemáticamente, hemos seleccionado siete de las principales legislaciones corporativas para analizarlas con mayor detalle en el caso de las empresas con sede en Estados Unidos.

La buena noticia: muchas de las normativas globales actuales son borradores de las propuestas legislativas más importantes y emblemáticas, como la SEC S-K y la CSRD, y su cumplimiento coincidiría con el de otras jurisdicciones geográficas. Y, si su empresa completa una evaluación del Grupo de Trabajo sobre Divulgación de Información Financiera Relacionada con el Clima ("TCFD"), estará preparada para casi todas ellas (más información al respecto más adelante).

 

Norteamérica

ESTADOS UNIDOS: Reglamento S-K de la Comisión del Mercado de Valores ("SEC")

QUÉ ES:

La propuesta de la SEC de 2022 modificaría el Reglamento S-K de la SEC, exigiendo a las empresas que cotizan en bolsa que incluyan determinados riesgos relacionados con el clima en la información financiera y en los informes periódicos, incluida la información y los parámetros que puedan tener un impacto material en su negocio o en sus estados financieros consolidados. Los grandes declarantes y los grandes declarantes acelerados también estarían obligados a contratar a un proveedor de certificación independiente para garantizar las emisiones de Alcance 1 y Alcance 2 declaradas.

APLICABLE A:

Large Accelerated Filer (Empresas con una capitalización bursátil igual o superior a 700 millones de dólares)

  • Emisiones de Alcance 1 y 2 y cualquier objetivo o meta relevante - Ejercicio 2023 (Presentado en 2024)
  • Emisiones de alcance 3 - Ejercicio 2024 (archivado en 2025)

Declarantes acelerados y no acelerados (empresas con una capitalización bursátil de entre 75 y 700 millones de dólares)

  • Emisiones de Alcance 1 y 2 y cualquier objetivo o meta relevante - Ejercicio 2024 (Presentado en 2025)
  • Emisiones de Alcance 3 - Ejercicio 2025 (Presentado en 2026)

Pequeña empresa declarante (empresas con una capitalización inferior a 75 millones de dólares)

  • Emisiones de Alcance 1 y 2 y cualquier objetivo o meta relevante - Ejercicio fiscal 2025 (Presentado en 2026)
    Emisiones de alcance 3 - N/A

FECHA EN VIGOR:

Renovable - con presentación a partir de 2025 (utilizando datos de 2024), y garantía en 2025 para los grandes declarantes acelerados y 2026 para los no acelerados.

 

CANADÁ: Los administradores de valores canadienses ("CSA")

QUÉ ES:

La propuesta de los administradores de valores canadienses sobre los requisitos de divulgación relacionados con el clima exigiría a los emisores corporativos informar sobre el riesgo relacionado con el clima utilizando el marco del TCFD. Esto incluiría la presentación de informes en las cuatro áreas siguientes:

  • Gobernanza: supervisión del Consejo y papel de la dirección en la evaluación y gestión de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.
  • Estrategia - los riesgos y oportunidades a corto, medio y largo plazo relacionados con el clima que el emisor ha identificado y el impacto en su actividad empresarial, estrategia y planificación financiera, cuando esa información sea importante.
  • Gestión del riesgo: cómo identifica, evalúa y gestiona un emisor los riesgos relacionados con el clima y cómo se integran estos procesos en su gestión global del riesgo.
  • Métricas y objetivos: las métricas y objetivos para evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades relacionados con el clima, incluidas las emisiones de GEI de Alcance 1, Alcance 2 y Alcance 3 o las razones para no divulgarlas.

APLICABLE A:

Valores canadienses sujetos a la CSA.

FECHA EN VIGOR:

El calendario para la integración aún está por determinar. La propuesta de requisito de divulgación adicional se publicó en octubre de 2021 y el periodo de comentarios finaliza en febrero de 2022.

 

EUROPEA UNIÓN EUROPEA ("UE"): La Directiva sobre informes de sostenibilidad de las empresas (CSRD)

QUÉ ES:

La Directiva sobre la elaboración de informes de sostenibilidad de las empresas modificaría la actual Directiva de la UE sobre la elaboración de informes no financieros para introducir requisitos más detallados y exhaustivos en materia de información climática. La Directiva se basa en el principio de la "doble materialidad" y exige a las empresas que divulguen información sobre la forma en que operan y gestionan los retos sociales y medioambientales.

La CSRD exige a las empresas (alrededor de 50.000 en 2023) que informen de conformidad con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad ("ESRS", por sus siglas en inglés); las ESRS aprovechan las recomendaciones de la TCFD y contienen normas transversales (requisitos generales y divulgaciones generales) y normas temáticas (medio ambiente, social y gobernanza).

La directiva de información cubre los requisitos de divulgación relacionados con la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio climático, la energía y los planes de transición para la mitigación del cambio climático y los objetivos relacionados con el clima.

APLICABLE A:

  • Grandes empresas de interés público de la UE (coticen o no en bolsa) o PYME cotizadas.
  • Grandes empresas que superan dos de cada tres de los siguientes puntos:
    • Balance (activos totales): > 20 MILLONES DE EUROS
    • Facturación neta: > 40 MILLONES DE EUROS
    • > 250 empleados
  • Para las empresas no europeas, la normativa se aplica a las empresas:
    • Generar un volumen de negocios neto de 150 millones de euros en la UE, y
    • Que tengan al menos una filial o sucursal en la UE que supere los umbrales

FECHA EN VIGOR:

El CSRD entró en vigor el 5 de enero de 2023. Las empresas que ya estén sujetas a la NFRD deberán presentar un informe con los datos de 2024 en 2025; las grandes empresas que no estén sujetas actualmente a la NFRD deberán presentar los datos de 2026 en 2027; las PYME que coticen en bolsa, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas, en 2028 (con los datos de 2027), y en 2028 las empresas no pertenecientes a la UE.

ALEMANIA: Ley de diligencia debida en la cadena de suministro

QUÉ ES:

El objetivo de la Ley es que las empresas alemanas cumplan las obligaciones de diligencia debida para mejorar el respeto de los derechos humanos y las normas materiales en las cadenas de suministro. Las empresas tendrán que:

  • Establecer un sistema de gestión de riesgos y una evaluación del impacto sobre los derechos humanos
  • Definir sistemas de gestión y gobernanza
  • Establecer políticas y procedimientos sólidos (por ejemplo, código de conducta del proveedor)
  • Crear medidas preventivas para cualquier posible violación de los derechos humanos
  • Proporcionar documentación clara sobre todas las actividades divulgadas anual y públicamente.
  • Informe sobre los riesgos identificados y la forma en que la empresa cumple las obligaciones de diligencia debida

APLICABLE A:

Empresas con sede o sucursales en Alemania y 1000 o más empleados.

FECHA EN VIGOR:

La ley entrará en vigor el 1 de enero de 2023, con prórrogas a partir del 1 de enero de 2024.

 

REINO UNIDO ("UK"): Reglamento sobre empresas (informe estratégico) (divulgación de información financiera relacionada con el clima) de 2022

QUÉ ES:

El Reglamento de Sociedades de 2022 modifica la normativa anterior, exigiendo a muchas empresas grandes y/o que cotizan en bolsa, y a ciertas sociedades de responsabilidad limitada, que incorporen información climática alineada con el TCFD en sus informes anuales no financieros.

  • Las divulgaciones cubren:
    • Cómo se aborda el cambio climático en la gobernanza empresarial
    • Repercusiones en la estrategia
    • Cómo se gestionan los riesgos y oportunidades relacionados con el clima
    • Medidas de rendimiento y objetivos aplicados en la gestión de estas cuestiones
  • Consideraciones adicionales:
    • Se espera que las empresas informen a nivel de grupo y que la matriz británica principal lo haga en su informe anual.
    • Los requisitos se introducen sobre la base de "cumplir o explicar".
    • Estas regulaciones podrían incluir un posible solapamiento con los requisitos de divulgación del TCFD de la FCA para los gestores/propietarios de activos
  • Dónde divulgarlo:
    • Si procede, las empresas deben incluir esta información en su Declaración de Información No Financiera y de Sostenibilidad en el Informe Estratégico.
    • Las empresas de responsabilidad limitada deben incluir esta información en el Informe sobre Energía y Carbono de su Informe de Gestión o en un Informe Estratégico.

APLICABLE A:

  • Empresas británicas con más de 500 empleados que cotizan en bolsa, son entidades bancarias o aseguradoras.
  • Registrada en el Reino Unido con valores admitidos en el AIM y con más de 500 empleados
  • Empresas registradas en el Reino Unido no incluidas en las categorías anteriores, que tengan más de 500 empleados y más de 500 millones de libras de volumen de negocio.
  • Grandes LLP (no LLP cotizadas o bancarias) que tienen > 500 empleados y > £500M de facturación. Sociedades de responsabilidad limitada cotizadas o bancarias con más de 500 empleados.

FECHA EN VIGOR:

El reglamento se aplica a los informes y cuentas anuales de las empresas y sociedades de responsabilidad limitada incluidos en el ámbito de aplicación para los ejercicios contables que comiencen a partir del 6 de abril de 2022.

REINO UNIDO Informe racionalizado sobre la energía y el carbono (SECR)

QUÉ ES:

Obligatorio para las grandes empresas, incluidas las benéficas, el SECR pide a las empresas que informen anualmente de sus emisiones de energía y carbono, así como de las medidas de eficiencia adoptadas a lo largo del año. Esto incluye:

  • Emisiones de alcance 1, 2 y 3, una alineación con la TCFD y cualquier transición u objetivo público.
  • Los requisitos SECR difieren según el tamaño y la categoría de la empresa (véase más abajo)

APLICABLE A:

  • Categorías de empresa:
    • Sociedades cotizadas constituidas en el Reino Unido: Informar sobre las emisiones anuales de GEI y la energía consumida por su compra de energía (gas, electricidad) para uso propio; informar sobre la proporción de energía consumida relacionada con las emisiones en el Reino Unido y las zonas offshore del Reino Unido; describir las principales medidas adoptadas para aumentar su eficiencia energética.
    • Grandes empresas constituidas en el Reino Unido que no cotizan en bolsa: Informar sobre las emisiones anuales de GEI y la energía consumida en el Reino Unido derivadas de sus actividades relacionadas con la combustión de combustible para el transporte o la combustión de gas; informar sobre la compra de electricidad para uso propio; describir las medidas adoptadas para aumentar la eficiencia energética.
    • Grandes sociedades de responsabilidad limitada constituidas en el Reino Unido: Elaborar un informe equivalente al informe de gestión de cada ejercicio, que incluya datos sobre el consumo de energía y las medidas de eficiencia energética.

FECHA EN VIGOR:

Ya en vigor, a partir del 1 de abril de 2020.

 

APAC

AUSTRALIA: Australian Accounting Standards Board (AASB)/International Accounting Standards Board (IASB) Making Materiality Judgements Practice Statement 2 (Declaración de Práctica 2 del Consejo Australiano de Normas de Contabilidad y del Consejo Internacional de Normas de Contabilidad)

QUÉ ES:

Las orientaciones de la AASB sobre la evaluación de la importancia relativa refuerzan la idea de que los elaboradores de informes, los evaluadores y los auditores deben abordar las cuestiones relacionadas con el cambio climático con el mismo rigor que cualquier otra variable financiera. De lo contrario, las empresas y sus directivos podrían verse cada vez más expuestos a demandas por incumplimiento de sus obligaciones o divulgación engañosa en virtud de la Ley de Sociedades Anónimas.

En el estado financiero se incluyen:

  • Si los inversores podían esperar razonablemente que los riesgos emergentes, incluidos los relacionados con el clima, pudieran afectar a los importes y la información que figuraban en los estados financieros y han indicado la importancia de dicha información para su toma de decisiones; y
  • Qué información sobre el impacto de los riesgos relacionados con el clima y otros riesgos emergentes en las hipótesis empleadas en la elaboración de los estados financieros es importante para los estados financieros a la luz de las orientaciones de la NIC/NIC 2, tal como se resume en el árbol de decisiones de la página siguiente.

APLICABLE A:

Todas las entidades sujetas al Consejo de Normas de Contabilidad de Australia, incluidas las entidades sin ánimo de lucro.

FECHA EN VIGOR:

A partir de 2019.

 

Estrategias de cumplimiento

La gran noticia es que en todas estas normativas, la mayoría de los requisitos pueden cumplirse completando una evaluación del TCFD. Aunque el TCFD no es un reglamento, en enero de 2022, más de 3.000 organizaciones de 92 países apoyaban el marco y la mayoría de las normativas nacionales relacionadas con la divulgación de información relacionada con el clima se inspiran o están alineadas con las recomendaciones del TCFD.

Las recomendaciones de divulgación del TCFD (publicadas en 2017) se basan en cuatro temas fundamentales:

Diana
  1. Gobernanza - Revelar la gobernanza de la organización en torno a los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.
    y oportunidades
  2. Estrategia - Revelar los impactos reales y potenciales de los riesgos y oportunidades relacionados con el clima en los negocios, la estrategia y la planificación financiera de la organización.
    cuando dicha información sea relevante
  3. Gestión de riesgos - Revele cómo la organización identifica, evalúa y
    gestiona los riesgos relacionados con el clima
  4. Métricas yobjetivos - Revele las métricas y objetivos utilizados para evaluar y
    evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades relacionados
    información sea importante

Estas áreas temáticas también están respaldadas por once divulgaciones recomendadas que proporcionan detalles más detallados. Completar la alineación con la TCFD es una excelente forma de garantizar que su empresa esté preparada para cualquier cambio normativo que se avecine.

Además, recomendamos prepararse internamente para establecer los procesos necesarios para respaldar un entorno de información exhaustivo:

  • En primer lugar, establecer una supervisión formalizada del riesgo climático es un gran primer paso, para que el equipo esté alineado sobre cómo se hará el trabajo en los próximos años.
  • En segundo lugar, ampliar sus cálculos de emisiones de GEI y los controles de datos permitirá a su empresa medir adecuadamente el impacto para elaborar informes precisos.
  • A continuación, las empresas pueden llevar a cabo un proceso de gestión de riesgos climáticos (que incluya un análisis de escenarios, en caso necesario), para ver dónde residen los riesgos y oportunidades existentes en toda la empresa.
  • Y, por último, trace sus objetivos: este es un buen momento para evaluar hacia dónde ve evolucionar su estrategia climática corporativa en los próximos años y establecer los objetivos que su equipo considere oportunos.